Antes de que comience
Considere obtener ayuda
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Obtenga ayuda de la corte. Obtenga más información sobre el Asistente de derecho familiar o el Centro de ayuda de la corte.
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Contrate un abogado para que le ayude con todo o parte de su caso.
Si no está seguro de si reúne los requisitos para una anulación, un abogado o el personal del Centro de ayuda de su corte pueden explicarle otras opciones. Por ejemplo, puede solicitar la anulación o, alternativamente, el divorcio. Esto significa que si el juez decide que usted no califica para una anulación, su caso puede seguir adelante como un divorcio.
Cómo iniciar un caso de anulación
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Obtenga información sobre dónde puede presentar la solicitud
Puede solicitar una anulación en cualquier condado donde viva usted o su cónyuge.
Encuentre la dirección de su corte. Presentará la solicitud en la corte que acepta solicitudes de derecho familiar.
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Llene los formularios
Llene estos formularios
- Petición — Matrimonio/Pareja de hecho (formulario FL-100) (en español)
- Citación (Derecho familiar) (formulario FL-110)
La Citación le dice a su cónyuge que ha iniciado un caso de la corte y que tiene 30 días para responder.
Una vez que presente la Citación y la Demanda, hay cosas que no puede hacer sin un acuerdo por escrito de su cónyuge o una orden de la corte. Se denominan Órdenes de restricción estándar de derecho familiar.Por ejemplo, no puede:
- Regalar u ocultar dinero y bienes
- Cambiar beneficiarios del seguro
- Llevar a sus hijos (si tienen hijos juntos) fuera del estado o conseguirles un pasaporte nuevo
Lea la página 2 de la Citación para obtener una lista completa. Estas mismas reglas se aplicarán a su cónyuge una vez que se le haga la entrega legal.
Si usted y su cónyuge tienen hijos juntos (menores de 18), también deberán llenar:
- Declaración conforme a la Ley Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de la Custodia de los Hijos (UCCJEA, por sus siglas en inglés) (formulario FL-105) (en español)
En los formularios, a usted se le llama demandante porque es quien inicia el caso. A su cónyuge se le llama demandado.
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Averigüe si existen formularios locales que debe completar
Algunas cortes tienen formularios locales adicionales que debe usar.
Comuníquese con la oficina del secretario de la corte, consulte el sitio web de su corte o hable con su Asistente de derecho familiar o Centro de ayuda para preguntar si tienen algún formulario local que deba usar.
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Haga copias y presente los formularios.
Haga copias
Haga 2 copias de cada formulario. Si llenó el formulario de exención de cuotas, solo necesita 1 copia de ese formulario.
Entregue el original y las copias al secretario de la corte
El secretario le dará un número de caso y sellará los formularios. La corte se quedará con el original y le devolverá las copias. Una es para usted, la otra para su cónyuge o pareja de hecho.
Pague la cuota u obtenga una exención de cuotas
Deberá pagar una cuota de $435 a $450 al secretario cuando presente sus formularios, a menos que obtenga una exención de cuotas.
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Haga la entrega legal a su cónyuge y presente prueba de que lo hizo
Haga la entrega legal a su cónyuge
Usted no puede hacer la entrega legal de los documentos por sí mismo. Pídale a otro adulto, una persona a cargo de la entrega legal, que entregue los documentos. La persona a cargo de la entrega legal debe entregar en persona a su cónyuge:
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Copias de los formularios que presentó ante la corte (excepto los formularios de exención de cuotas)
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Respuesta - Matrimonio/pareja de hecho (formulario FL-120) (en español) en blanco
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Formularios de respuesta en blanco si presentó otros documentos
La persona a cargo de la entrega legal debe indicar la dirección en donde le dio los formularios a su cónyuge, junto con la fecha y la hora. La persona a cargo de la entrega legal necesita esta información para llenar una Prueba de entrega de la citación (formulario FL-115) (en español)
Puede obtener más información sobre cómo hacer la entrega legal y qué hacer si no puede encontrar a su cónyuge o si vive en otro país en cómo hacer la entrega legal de los documentos de divorcio.
Presente la Prueba de entrega
Haga una copia de la Prueba de entrega. Presente el original y guarde una copia para sus registros.
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Espere 30 días para que su cónyuge responda
Su cónyuge tiene 30 días para presentar una respuesta ante la corte. Si no responde, puede seguir adelante sin su cónyuge. Si presenta una respuesta, lo que haga dependerá de cómo respondió.
No importa cómo responda su cónyuge
- Deberá obtener una cita en la corte para probarle a un juez que existe una razón legal para anular su matrimonio.
- Si le pidió al juez que ordene la manutención del cónyuge o que divida sus bienes, deberá demostrar que es un cónyuge putativo.
- Si le pidió al juez que divida sus bienes y sus deudas, deberá completar las revelaciones financieras. Esto significa compartir información sobre sus ingresos y lo que posee y debe con su cónyuge.
Obtenga información del Centro de ayuda de su corte sobre los próximos pasos que debe seguir. Es posible que deba solicitar una fecha de audiencia para que el juez pueda decidir si existe una razón legal para anular su matrimonio.
Ha terminado sus pasos para iniciar una anulación. Obtenga información de su Centro de ayuda sobre cómo obtener una fecha de audiencia para que el juez pueda decidir si puede obtener una anulación.