Cómo cobrar un fallo
Para cobrar, tendrá que saber dónde tienen el dinero y luego averiguar la mejor manera de cobrarlo. A medida que avanza, realice un seguimiento de lo que gasta al intentar cobrar, para que pueda solicitar agregarlo al total que le debe.
1. Trate de que le paguen voluntariamente
Pídaselo o escríbale una carta
Puede escribir una carta en la que explique que el monto adeudado aumenta un 10 % cada año (cobra intereses). Dígale que lo que se le debe puede aparecer en un expediente público y que usted puede cobrarlo de su sueldo o de su cuenta bancaria. Asegúrese de que tienen una forma fácil de pagarle.
Considere la posibilidad de aceptar menos dinero o pagos a plazos
Puede ofrecer hacer un trato en el que acepte menos dinero si le pagan más rápido o en un pago único. Puede tener algo por escrito sobre lo que acordó, pero es conveniente que el acreedor sepa que el acuerdo no sustituye al fallo. Tendría que presentar una demanda para hacer cumplir el acuerdo. Un abogado puede ayudarle explicándole los riesgos.
Si le pagan, tiene que llenar y presentar un Reconocimiento de pago del fallo en la corte.
2. Averigüe lo que la otra persona gana y posee
Si no le paga voluntariamente, tendrá que averiguar más sobre de dónde obtiene el dinero, dónde lo guarda y si tiene alguna otra propiedad. También querrá saber a quién más le debe dinero y si esos acreedores tienen derechos de retención sobre su propiedad que estén por delante de los suyos. Si aún no conoce esta información, puede pedir una audiencia en la corte para pedirla. Esto se llama examen del deudor.
3. Decida cómo cobrar
Puede cobrar del sueldo o de las cuentas bancarias del deudor, o poner un derecho de retención sobre su propiedad. Un derecho de retención es un reclamo sobre su propiedad, como un préstamo bancario sobre un vehículo o una escritura de fideicomiso sobre una casa.
Puede intentar más de una de estas cosas al mismo tiempo. Hay muchas opciones legales diferentes para hacer cumplir un fallo. Las siguientes son algunas de las formas más comunes de cobrar, pero no son las únicas.
Si sabe dónde trabaja el deudor, puede intentar cobrar el dinero directamente de su cheque de pago (llamado embargo de sueldo o incautación de su sueldo). Usted puede iniciar el proceso, pero el alguacil u otro "oficial de recaudación" tiene que trabajar con el empleador para obtener el dinero. No puede hacerlo usted mismo.
Para que el alguacil haga esto, primero tiene que obtener un Mandato de ejecución de la corte. Este le dice al alguacil que haga cumplir su fallo (intentar cobrar el dinero). Una vez que tenga un mandato, tendrá que llenar más formularios que digan a qué empleador se le tiene que cobrar.
Puede tratar de cobrar el dinero en los bancos donde el deudor del fallo tenga o pueda tener una cuenta bancaria o una caja de seguridad. Esto se llama embargo de banco. Usted puede iniciar el proceso, pero el alguacil u otro "oficial de recaudación" tiene que trabajar con el banco. No puede hacerlo usted mismo.
Para que el alguacil haga esto, primero tiene que obtener un Mandato de ejecución de la corte. Este le indica al alguacil que haga cumplir su fallo (intentar cobrar el dinero). Una vez que tenga un mandato, tendrá que llenar más formularios que incluyen instrucciones escritas para el alguacil que le dicen dónde cobrar el dinero. El alguacil no hace cumplir su fallo por usted. El alguacil solo sigue sus instrucciones y la ley.
Si la persona posee bienes inmuebles, puede poner un derecho de retención sobre su propiedad. Está presentando un formulario al condado para que el público sepa que la persona le debe dinero. Un derecho de retención sobre una propiedad hace que si esa propiedad alguna vez se vende o se refinancia, es posible que le paguen.
Para obtener un derecho de retención, primero necesita un Extracto de fallo. Este es un resumen por escrito de lo que se le debe en su caso. Es emitido por un secretario de la corte. Luego, puede registrarlo en cualquier condado en el que el deudor del fallo tenga propiedades o usted crea que las tiene.
- Si un negocio le debe dinero, un alguacil puede cobrárselo de su caja registradora (extracción de caja), de los clientes que entran a su tienda y le pagan (guarda de caja), o de los inquilinos que le pagan la renta (embargo a terceros o de cuentas por cobrar). Este último tipo de cobro se maneja mejor a través de una orden de asignación que requiere una moción formal. Los embargos por extracción de caja y por guarda de caja son más caros que los embargos de sueldo o los embargos de banco, pero pueden ser muy eficaces.
- Si el caso es sobre su trabajo profesional o un accidente de carro, es posible que se pueda suspender su licencia profesional o su licencia de manejar.
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Si la otra parte tiene bienes valiosos, como un piano o joyas, puede pedir que un juez ordene que se entreguen al alguacil para su venta. Puede que no valga la pena si el artículo tiene un préstamo. Además, algunas exenciones protegen del cumplimiento a diversos montos y tipos de bienes. Y las cuotas del alguacil por ocuparse de bienes personales y almacenarlos pendientes de una venta pueden aumentar el total.
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Una casa o un terreno (bienes inmuebles) pueden venderse en una subasta del alguacil. Esto es complicado y lleva más tiempo que otros procesos de cumplimiento. Si se trata de la residencia del deudor o de su familia, entonces hay protecciones adicionales, incluyendo una considerable protección de la vivienda, que protege la equidad en la propiedad. La corte interviene en un embargo y venta de una propiedad que tenga en ella una vivienda, independientemente de quién viva en ella. Si esto tiene sentido para su caso, vea un abogado.
Para saber más sobre estas y otras formas de cobrar, vea recursos en una biblioteca pública o legal, o hable con un abogado.
4. Mantenga detalles de lo que gasta intentando cobrar
Cobrar mediante cualquiera de estas formas cuesta dinero. Es posible que pueda sumar algunos o todos estos costos a lo que se debe. También puede agregar intereses.
Cómo agregar costos e intereses
Infórmele a la corte si le pagan el monto total
Si le pagan el monto total, ya sea voluntariamente o a través de sus esfuerzos de cobranza, tiene que decírselo a la corte de inmediato. El deudor también puede pedirle (exigirle) que lo haga. Si no reporta a la corte que le pagaron en un plazo de 15 días a partir de la exigencia del deudor, puede enfrentar una pena y ser responsable. Puede hacerlo presentando un Reconocimiento de pago del fallo.
Cobrarle a la otra parte puede ser duro
Es posible que el Centro de ayuda de su corte pueda ayudarle. Puede contratar a un abogado para que le ayude. Puede ceder su derecho a cobrar el dinero a una agencia de cobranza o de cumplimiento de fallos. Cualquiera que trabaje para ayudarle a cobrar el fallo le cobrará honorarios.
Cobro de fallos civiles
¿Qué sigue?
- Si desea un embargo de banco o un embargo de sueldo, lo primero que tiene que hacer es obtener una orden de la corte que permita al alguacil tomar el dinero (llamado Mandato de ejecución). Después, tendrá que llenar más formularios para el banco o el empleador.
- Si quiere poner un derecho de retención sobre su propiedad, primero tendrá que obtener un Extracto de fallo.
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Obtenga un Mandato de ejecución
Obtenga instrucciones paso a paso sobre cómo obtener un Mandato de ejecución para que pueda realizar un embargo de banco o un embargo de sueldo.
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Obtenga un extracto de fallo
Obtenga instrucciones paso a paso para obtener un Extracto de fallo y registrar un derecho de retención.